LIQUIDACION IMPUESTO CEDULAR POR ARBITRAJE O TRADING DE CRIPTOMONEDAS
Hola, ¿cómo estás?
Para poder preparar correctamente la liquidación del impuesto cedular por operaciones con criptomonedas, necesitamos que nos envíes la documentación completa de todas las plataformas, exchanges, billeteras y wallets utilizadas durante el año.
No alcanza únicamente con el saldo final, porque el impuesto se calcula sobre las ganancias realizadas por operaciones de compra, venta, conversión, trading o arbitraje.
Necesitamos, por cada plataforma utilizada:
- Historial completo de operaciones del año.
- Historial de compras y ventas.
- Historial de conversiones.
- Historial de depósitos y retiros.
- Estado de cuenta o tenencia al 31/12.
- Saldos iniciales, si ya tenías criptomonedas al inicio del año.
- Reporte P2P, si realizaste arbitraje.
- Reporte de PNL, si operaste futuros, margen o derivados.
- Reporte de Earn, staking, rewards o rendimientos, si corresponde.
- Extractos bancarios de las cuentas utilizadas para ingresar o retirar fondos.
- Detalle de transferencias entre cuentas propias para no confundirlas con ventas o ingresos.
En caso de haber realizado arbitraje o P2P, también necesitamos poder vincular cada ingreso y egreso bancario con la operación cripto correspondiente, para demostrar que esos movimientos no corresponden a ventas de bienes o servicios, sino a operaciones de compraventa/arbitraje de criptoactivos.
Cuanto más completa sea la información enviada, más precisa será la liquidación y menor el riesgo de diferencias, omisiones o pedidos posteriores de aclaración.