Preguntas sobre origen de fondos y blanqueo
51. “¿Cómo justifico fondos que entraron al exchange?”
Respuesta:
Con ingresos declarados, ahorros previos, ventas de activos, préstamos reales, herencias, donaciones o fondos ya exteriorizados. El fondeo inicial es clave.
52. “Si compré cripto hace años y nunca declaré, ¿qué hago?”
Respuesta:
Hay que reconstruir origen, fecha de adquisición, costo, tenencia actual y movimientos. Puede corresponder regularizar o declarar desde ahora con explicación patrimonial coherente.
53. “Si entré al blanqueo con cripto, ¿ese es mi costo?”
Respuesta:
En muchos casos, el valor de exteriorización sirve como referencia fuerte para el costo patrimonial desde el blanqueo. Después, las ventas posteriores deberían compararse contra ese valor, según el caso concreto.
54. “¿Si vendí cripto blanqueada, pago Ganancias?”
Respuesta:
Puede corresponder si vendiste por encima del costo computable. El blanqueo puede regularizar el origen, pero no necesariamente elimina impuestos por ganancias futuras.
55. “¿Si el dinero viene de años anteriores, igual tengo que probarlo?”
Respuesta:
Sí. La antigüedad ayuda, pero no reemplaza documentación. ARCA puede preguntar de dónde salió el patrimonio.
56. “¿Puedo decir que los USDT eran ahorros de toda la vida?”
Respuesta:
Solo si el patrimonio declarado, ingresos históricos y documentación lo hacen creíble. Si no, puede parecer incremento patrimonial no justificado.
57. “¿Qué pasa si tengo cripto en una wallet fría?”
Respuesta:
También se declara. La autocustodia no elimina la obligación. Hay que guardar dirección pública, saldos al 31/12, cotización usada y prueba de control si fuera necesario.
58. “¿Tengo que informar la wallet exacta?”
Respuesta:
No siempre en la declaración estándar, pero para respaldo interno conviene tenerla. En una fiscalización puede servir para probar tenencia, movimientos y trazabilidad.
59. “¿Qué pasa si tengo varias wallets y exchanges?”
Respuesta:
Hay que consolidar todo. El error frecuente es declarar Binance y olvidarse Metamask, Phantom, Ledger, DeFi, exchanges chicos o billeteras locales.
60. “¿Puedo declarar solo lo que está en exchanges argentinos?”
Respuesta:
No. La residencia fiscal argentina obliga a analizar patrimonio mundial. Que esté afuera o en wallet propia no lo deja fuera.