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IMPUESTOS EN FOREX, CRIPTO Y CUENTAS DE FONDEO

El trading de Forex, derivados financieros y criptomonedas es cada día mas popular y por lo tanto esta bajo el radar de las agencias de recaudación tributaria, y nuestra ARCA Argentina no es la excepción.

Cabe diferenciar que si bien es la misma actividad, los activos son distintos y en este caso pagan impuestos distintos, vamos a repasar en forma simple cada uno a continuación:

CRIPTOMONEDAS

-Trading de Criptomonedas: Si operas en Spot alguna criptomoneda en particular y obtenes una ganancia ( aplica también si haces arbitraje y aumentas tu tenencia de Criptos) dicha ganancia neta tributa el 15% de impuesto bajo el regímen del “Impuesto Cedular”😉
Ahora si haces futuros de criptomonedas, estas operando un derivado financiero, por lo tanto te corresponde pagar Impuesto a las Ganancias, renta de Segunda Categoría, tambien a una alicuota del 15%. Cabe aclarar que si bien pagas este impuesto anual, no te corresponde pagar IVA e Ingresos Brutos, ya que no estas vendiendo un bien o un servicio, es mera especulación financiera con tu capital.
Ahora que pasa si usas capital de terceros, es decir, tomas el dinero de alguien y le cobras una comision por las ganancias que obtengas con ese capital?
En ese caso, estas brindando un servicio de intermediacion financiera en el cual le cobras una comision a la otra parte que tenes que facturarle, actividad financiera que esta excluida del monotributo, por lo que tenes que pagar IVA ( 21%), Ingresos Brutos( 9% o más dependiendo la provincia) e Impuesto a las Ganancias ( 35%)

FOREX

Quienes realizan operaciones de Forex ( compra venta de monedas FIAT como EURO, DOLAR, YENES, LIBRAS, etc) están operando un derivado financiero, por lo tanto les corresponde pagar Impuesto a las Ganancias, renta de Segunda Categoría, tambien a una alicuota del 15%. Al igual que los operadores cripto, si bien pagan este impuesto a las ganancias anual, no les corresponde pagar IVA e Ingresos Brutos, ya que no estan vendiendo un bien o un servicio, es mera especulación financiera con su capital.
Ahora que pasa si usas capital de terceros, es decir, tomas el dinero de alguien y le cobras una comision por las ganancias que obtengas con ese capital?
Exactamente lo mismo que quienes operan criptomonedas, estas brindando un servicio de intermediacion financiera en el cual le cobras una comision a la otra parte que tenes que facturarle, actividad financiera que esta excluida del monotributo, por lo que tenes que pagar IVA, Ingresos Brutos e Impuesto a las Ganancias.

 

Que diferencia hay con las cuentas de fondeo? tanto si trabajo para una empresa Argentina como una empresa del exterior?

El tratamiento es idéntico, teniendo en cuenta que es una intermediación financiera en la cual usas el dinero de un tercero, tenes que facturarle, con la ventaja de que si trabajas para una empresa de fondeo del exterior se considera una exportación de servicios, y si bien tenes la obligacion de declarar IVA e Ingresos Brutos, las exportaciones de servicios gozan de una exención impositiva en estos impuestos, por ende no tenes una obligación de pago, solo un deber formal de presentación de declaración jurada.

Cual es el problema? la mayoría de las empresas de fondeo no permiten que se les facture, suelen tener cuentas en paraísos fiscales por cuestiones impositivas, lo cual dificulta al trader fondeado para poder “blanquear” sus fondos que gano lícitamente. Pero la buena noticia es que si hay empresas serias que brindan sus datos de facturación.

En resumen, tene en cuenta si realizas distintos tipos de trading, que puede que te correspondan 2 o más impuestos a pagar, y que es fundamental entender que no es lo mismo impositivamente operar con capital propio o con capital de terceros.

Planifica tu actividad financiera e impositivamente para no pasar sobre saltos cada fin de año!

 

Que tengan un muy buen 2025!😎

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