CRIPTO CONTADOR

Guía Impositiva: Impacto de Ganancias y Bienes Personales en las Inversiones

Antes de analizar cada activo, es vital recordar que existe un requisito de permanencia de 3 meses para evitar inconvenientes ante la ARCA. La carga tributaria varía significativamente según el tipo de instrumento (plazos fijos, cauciones, ADR, CEDEAR, FCI o criptoactivos), existiendo beneficios específicos para la banca y títulos de deuda.

1. Inversiones Bancarias y Liquidez

El tratamiento para los depósitos y cuentas en Argentina y el exterior se resume de la siguiente manera:

InversiónImpuesto a las GananciasBienes Personales
Plazo Fijo (Arg) – Pesos (con/sin ajuste)ExentoExento
Plazo Fijo (Arg) – DólaresGravado (escala hasta 35%)Exento
Plazo Fijo ExteriorGravado (escala hasta 35%)Gravado (0,5% a 1,25%)
Money Market / Cuentas ExtranjeroGravado (escala hasta 35%)Gravado (0,5% a 1,25%)
Caja de Ahorro (Arg) – Pesos/DólaresExentoExento
Cuenta Corriente (Arg)No alcanzado (rendimiento/venta)Gravado (0,5% a 1,25%)

2. Acciones, ADRs y CEDEARs

La tributación de la renta variable depende del mercado donde coticen y la naturaleza de la operación (dividendos vs. venta):

  • Acciones Locales (Cotización CNV): Los dividendos tributan el 7%. El resultado por la venta está exento. En Bienes Personales, no pagan.
  • Acciones Locales (Sin CNV o sin cotización): Dividendos al 7% y venta gravada al 15%. Exentas en Bienes Personales.
  • Acciones del Exterior: Dividendos por escala (hasta 35%) y venta al 15%. En Bienes Personales, tributan del 0,5% al 1,25%.
  • ADR (Empresas argentinas en el exterior): Dividendos al 7% y venta al 15%. Se encuentran exentos en Bienes Personales.
  • CEDEAR: El rendimiento tributa por escala (hasta 35%), pero la venta está exenta. En Bienes Personales, pagan del 0,5% al 1,25%.
  • Cauciones Bursátiles: Gravadas al 35% en Ganancias y entre 0,5% y 1,25% en Bienes Personales.

3. Fondos Comunes (FCI) y Fideicomisos

Para estos instrumentos, la clave suele ser la composición de su cartera (activo subyacente):

  • FCI Abiertos (Pesos/Dólares CNV): Generalmente exentos en Ganancias para rendimiento y venta. En Bienes Personales suelen estar gravados (0,5% a 1,25%), salvo que el 75% de sus activos sean exentos, en cuyo caso el fondo también lo está.
  • FCI Cerrados y Fideicomisos Locales: Siguen una lógica similar: exención en Ganancias y gravados en Bienes Personales, a menos que cumplan la regla del 75% de activos exentos.
  • Instrumentos del Exterior: Tanto FCI como Fideicomisos extranjeros tributan escala (35%) por rendimiento, 15% por venta y 0,5%-1,25% en Bienes Personales.

4. Títulos de Deuda (Públicos y Privados)

Muchos de estos activos cuentan con incentivos fiscales para fomentar el financiamiento:

  • Títulos Públicos Argentinos y Letras (AR/USD): Totalmente exentos en Ganancias y Bienes Personales.
  • Obligaciones Negociables (ON) – Ley Local: Si tienen oferta pública y destino productivo, están exentas en ambos impuestos (si son en dólares, suelen tributar Bienes Personales).
  • Deuda Extranjera (Letras/Bonos/Corporativos): Pagan escala de Ganancias (35%) por renta, 15% por venta y alícuotas de Bienes Personales.
  • Casos Especiales (Convenios): * Bolivia: Exento en ambos impuestos por convenio de doble imposición.
    • Brasil: Rendimiento y venta no gravados en Ganancias; gravados en Bienes Personales.

5. Activos Digitales (Criptomonedas)

Las criptomonedas se encuadran como activos digitales con el siguiente esquema:

  • Impuesto a las Ganancias: El rendimiento (staking/minería) no está alcanzado, pero la venta (enajenación) tributa el 15%.
  • Bienes Personales: Se consideran activos gravados con alícuotas que oscilan entre el 0,5% y el 1,25%.

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