TALLER IMPOSITIVO

TALLER REALIZADO EN MARZO 2022

PREGUNTAS FRECUENTES:

QUE IMPUESTOS CORRESPONDE PAGAR?
Impuesto cedular únicamente, salvo para los clientes de Córdoba, Neuquén, Catamarca, La Pampa, Tucumán y Entre Ríos a los cuales les corresponde el pago de ingresos brutos por el arbitraje.

COMO HAGO PARA ESTAR AL DÍA? Inscribiéndote en los impuestos detallados arriba, y llevando un control minucioso en Excel, guardando todos los comprobantes de las operaciones.

CUANDO SE DECLARA EL IMPUESTO CEDULAR? En junio del año inmediato siguiente al que se líquida. Por ejemplo, todos aquellos que se hubieran inscripto en cualquier momento de este 2022, en Junio del año que viene deberían de declarar el impuesto, independientemente de que no superen el mínimo no imponible, y pagar el mismo en caso de que corresponda.

CUANTO ME CORRESPONDE PAGAR? El 15% en cuanto al Impuesto Cedular. Del 3 al 9% varía según la provincia en caso de ingresos brutos.

SI OPERO CON EL CAPITAL DE TERCEROS, DEBO PAGAR EL IMPUESTO CEDULAR?
No,corresponde inscribirte como responsable inscripto y facturarle las comisiones a los terceros que le hubiesen otorgado capital.

NO TENGO INGRESOS DECLARADOS, POR TRABAJAR EN NEGRO, COMO PUEDO JUSTIFICAR EL ORIGEN DE LOS FONDOS?
Mediante un contrato de donación o de préstamo legalizado por un Escribano.

LO PUEDE HACER UN CONTADOR? QUE ME CONVIENE, EL MUTUO O EL CONTRATO DE DONACIÓN?Los Contadores no realizamos esa tarea. El mutuo o contrato de préstamo no paga ningún impuesto. El contrato de donación cuando es por instrumento público si.

NO LLEVO UN REGISTRO DE MIS OPERACIONES QUE PUEDO HACER?
Empezar cuanto antes a llevarlo. Es imposible determinar la ganancia sino, y por ende no se puede hacer una certificación de ingresos, liquidar el impuesto cedular o dar cumplimiento a un requerimiento de AFIP o UIF.

COMO PUEDO HACER PARA JUSTIFICAR MIS INGRESOS? Mediante una certificación de ingresos firmada por un Contador y legalizada por el Consejo de Ciencias Económicas.

CUANDO ME CONVIENE PRESENTAR UNA CERTIFICACIÓN DE INGRESOS? UNA VEZ QUE ME LO PIDAN? ANTES? QUE NOS RECOMENDAS? Una vez que le soliciten los exchanges sugiero, nunca antes. Sugiero siempre certificar ganancias mayores a $100.000, nunca menos. Utilizar el resto de exchanges en caso de agotar los límites.

CUANTO TIEMPO TIENE DE VALIDEZ LA CERTIFICACIÓN DE INGRESOS? Los bancos y exchanges suelen recibir de hasta 3 meses de antigüedad y algunos hasta 6 meses inclusive.

LA PUEDO PRESENTAR EN TODOS LOS EXCHANGES?
Si, se redacta ante quien corresponda para que justamente pueda presentarla en todos los organismos que desee.

QUE DOCUMENTACIÓN DEBO PRESENTAR PARA ARMAR UNA CERTIFICACIÓN?
Si necesitas aumentar los límites de los bancos y exchanges te cuento que:

La certificación sirve para presentar en diferentes organismos, no va dirigida a uno en particular.

En la certificación se detallan los movimientos Bancarios (solo ingresos)y las ganancias obtenidas producto de dichas operaciones.

Por ingresos se entiende los ingresos Bancarios que originan X Ganancia.

Es necesario además justificar el origen de los fondos (ej. Recibo de sueldo, facturas monotributo, contrato de mutuo o de donación,etc)

Las certificaciones suelen pedirlas los mismos Bancos y exchange de entre los 3, 6 y últimos 12 meses, por lo tanto esos son los períodos que se sugieren certificar. Inclusive puede incluirse en la misma certificación los ingresos obtenidos por una actividad en relación de dependencia, monotributo, etc, de contar con los mismos.

Para la certificación de ingresos necesitaría que me envíe:

Resumenes bancarios, resumenes de los exchanges, y si tiene, un excel con todos los movimientos detallados, discriminada la ganancia para poder certificar correctamente. Cuanta más documentación, mejor ( algunos bancos son reaccios al comercio con criptos, por lo tanto, cuanto mas demuestren lo que se afirma en la certificación, mejor)

Siempre aclarando que es un proceso de reinversion, de interés compuesto.

 

Detallo los costos de la certificación contable:

Hasta $16.450.000, $20.840

Hasta $22.520.000, $26.060

Hasta $27.570.000, $32.530

Hasta $32.840.000, $42.670

Hasta $49.849.000, $50.200

Hasta $70.300.000, $58.590

Hasta $95.694.000, $70.310

Hasta $121.708.000, $89.420

Hasta $161.449.000, $131.300

Hasta $210.980.000, $169.310

Hasta $261.730.000, $201.970

(Consulte por Ingresos Bancarios mayores)

O el 3% de la ganancia a certificar, lo que fuese mayor.

El Consejo Profesional de Cs Económicas estipula aranceles acordes a cierto monto, por categorías.

El trámite demora de 24 a 48 hs desde el momento en que se dispone el total de la documentación a presentar.

Se toma en cuenta la ganancia neta obtenida y los movimientos Bancarios de ingreso de dinero a su cuenta. Por ej.. le ingresan a su cuenta $10.000.000 ,y en promedio obtuvo un 2% por operación de ganancia. Es decir, $200.000 de ganancia neta. Es decir, se toman ambos parámetros y se paga el canon en base al mayor de los 2.